
¿QUÉ ES EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL?
Se trata de un seguro para cubrir una Responsabilidad Administrativa, establecida por la Ley 26/2007, de 23 de Octubre, de Responsabilidad Medioambiental y la legislación complementaria. Se ha endurecido notablemente el régimen legal de las mismas y las responsabilidades a las que se puede hacer frente son muy elevadas.
Esta Póliza cubre las responsabilidades medioambientales de la empresa como consecuencia de daños debidos a la contaminación.
Se establece un régimen legal de responsabilidad OBJETIVA (“quién contamina, paga”), de modo que el incumplimiento de la obligación de utilización racional y conservación de los recursos naturales estará obligado a reparar el daño causado, además de las sanciones que puedan corresponder en el ámbito administrativo o penal.
Es importante destacar que la responsabilidad que establece la ley es además ILIMITADA, ya que la obligación consiste en la devolución de los recursos naturales dañados al estado ORIGINAL en que se encontraban antes de producirse el daño, debiendo hacerse frente al coste de las medidas preventivas o reparadoras.
El énfasis se pone en la preservación del medio ambiente y no en la indemnización de cantidad.
La Ley establece en su Capítulo IV una serie de Garantías Financieras Obligatorias, que se podrán prestar mediante póliza de seguro de Responsabilidad Medioambiental, aval bancario o reserva técnica ad hoc para las actividades contempladas en el Anexo III de la Ley 26/2007. Aconsejamos y asesoramos sobre la contratación del seguro de responsabilidad medioambiental.
Las ACTIVIDADES principales objeto de regulación son las siguientes:

- 1. Instalaciones de combustión.
- 2. Producción y transformación de metales.
- 3. Industrias minerales.
- 4. Industrias químicas.
- 5. Gestión de residuos.
- 6. Industria del papel y cartón.
- 7. Industria textil.
- 8. Industria del cuero.
- 9. Industrias agroalimentarias y explotaciones ganaderas.
- 10. Consumo de disolventes orgánicos.
- 11. Industria del carbono.
- 12. Toda liberación intencional en el medio ambiente, transporte y comercialización de organismos modificados genéticamente.
- 13. El traslado transfronterizo de residuos dentro, hacia o desde la Unión Europea.
- 14. La gestión de los residuos de las industrias extractivas.
Nos ponemos a su disposición, en cuanto especialistas con experiencia en la cobertura de estos riesgos técnicamente complejos para estudiar su caso en profundidad y proponerle varias alternativas de cobertura a las mejores primas entre compañías aseguradoras líderes del mercado.