A finales de 2016 se dejaron sobre la mesa varios temas pendientes como la nueva Ley de autónomos o de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo con medidas nuevas e importantes para la consecución de la actividad por cuenta propia como la ampliación de la tarifa plana o los cambios en el sistema de cotización y de deducciones.
Además, en diciembre de 2016 el Gobierno también aprobó el endurecimiento del régimen de aplazamientos de deuda para el contribuyente y una subida en un 8% del SMI (Sistema Monetario Internacional), medidas que afectarán día a día a la actividad del autónomo así como a su fiscalidad y contabilidad.
¿Qué cambios fiscales y administrativos afectarán al autónomo y a las PYMES este 2017? 
- La propuesta más esperada quizá sea la ampliación de la tarifa plana de los 6 meses a 12 meses, tras los cuales la cuota tendrá una bonificación del 50% sobre la base por contingencias comunes desde el mes 13 al 18 (ambos incluidos) y una bonificación sobre la base por contingencias comunes del 30% desde el mes 19 al 24 (ambos incluidos).
- En el año 2016, la base mínima de cotización estaba paralizada en 893,10 euros, teniendo esto presente, un nuevo autónomo que se acoja a esta medida pagaría: 50€ durante los 12 primeros meses ; 133.51€ durante los 6 meses siguientes (del 13 al 18) y 186.92€ durante los 6 meses siguientes (del 19 al 24).
IMPORTANTE: Esto sería para nuevos autónomos y emprendedores, por lo que lamentablemente esta medida no tendría carácter retroactivo, así que si estás pensado en darte de alta como autónomo te recomendamos que esperes a la aprobación definitiva de esta reforma.
- Otra de las propuesta esperadas por autónomos y PYMEs es la cotización efectiva por días, de manera que se establezcan las altas y las bajas desde el día exacto de la solicitud y que no se contabilice el mes entero como hasta ahora. También es cierto que según ha informado el Gobierno, se están examinando posibles fórmulas de cotización a tiempo parcial, para intentar dar solución a los autónomos que trabajen sólo a media jornada debido a la actividad que realicen.
- Una de las medidas que deben de aprobarse también a petición de las PYMES y autónomos en materia de rendimientos de actividad, es la aplicación de una cuota progresiva en función dichos rendimientos de la actividad. Bien es cierto que esta medida tiene poca visión de ser aprobada, pero si que se está planteando la posibilidad de eliminar el pago de la cuota para aquellos autónomos cuyos ingresos no superen el SMI.
- Se ofrecerá la posibilidad de cambiar hasta 4 veces al año de bases de cotización, hasta ahora solo son 2.
- Los recargos por el pago de cuotas fuera del plazo se reducirán y se establecerá un recargo mínimo del 3% por abonar las cuotas dentro del primer mes siguiente al vencimiento del plazo, y un máximo del 20% de recargo en el caso de abonar la deuda a partir del tercer mes siguiente al vencimiento del plazo.
- La reformas que se plantean para introducir cambios en el trabajo autónomo también incorporan la posibilidad de compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación con el desempeño del trabajo autónomo y la exención del pago de la cuota a las trabajadoras autónomas durante la baja por maternidad.
- ¿Y si trabajas desde casa o no trabajas en un local afecto a la actividad? Para dichos casos, se contempla la posibilidad de deducir los gastos del hogar (luz, agua,etc) en el porcentaje de la vivienda que se destine efectivamente al desarrollo de la actividad. Por su puesto, como en todo nuevo proyecto y medida, se estudiarán las condiciones y cómo se desarrolla la reforma dentro de la implantación de la nueva Ley. Siguiendo la misma línea también serán deducibles los gastos relacionados con el coche parcialmente relacionado a la actividad profesional.
No todo serán buenas noticias
- Los costes salariales tras las subida del SMI un 8% son mayores desde el 1 de Enero de 2017.
El Salario Mínimo Interprofesional ahora es de 707,60 euros mensuales, por lo que las empresas y autónomos tendrán que ajustar los sueldos de cara al próximo año para que ningún empleado cobre por debajo del umbral de esta cuantía, lo que sería una ilegalidad, con independencia del tipo de contrato. ¿Cuál será el coste adicional que supondrá por empleado? Unos 1.000 euros.
- Tres contratos de trabajo, reducción del sistema: Es posible que este 2017 sea el año en que se dé el visto bueno a esta propuesta que recogía el acuerdo entre PP y Ciudadanos del que hablábamos anteriormente y que reducía las modalidades de contratos a tres: indefinido, temporal y de formación.
CONTABILIDAD:
Reforma del Plan General de Contabilidad (PGC):
- Estado de cambios en el Patrimonio Neto: Las empresas que estén utilizando el modelo abreviado del Plan General Contable y Plan General Contable Pymes no tendrán la obligación de incluir el estado de cambios en el patrimonio neto en 2017 .
- PGC-Pymes: Podrán acogerse a este Plan las empresas cuyo activo no alcance los cuatro millones de euros, las que su cifra anual de negocios no supere los ocho millones, y aquellas cuyo número medio de trabajadores contratados durante el ejercicio no sea superior a 50.
- Información del modelo de memoria abreviada: Se reducen los datos referidos a la actividad de la empresa, aplicación del resultado, activos y pasivos financieros, fondos propios, situación fiscal, subvenciones, donaciones y legados, ingresos y gastos, y operaciones con partes vinculadas.
- Tratamiento de los inmovilizados intangibles: en caso de poderse estimar de manera exacta su vida útil, tendrán un plazo de amortización de 10 años.
- Justificación de la vida útil del fondo de comercio: Se puede eludir si se prueba su recuperación de forma lineal en un plazo de 10 años.
EMPRENDEDORES
- Tarifa Plana: la nueva Ley de autónomos tiene pensado implantar la ampliación de la Tarifa Plana de 6 meses a 1 año para nuevos autónomos y para emprendedores.
- Cambios en la Ley de Segunda Oportunidad: estos cambios supondrían el avance en las medidas para facilitar viabilidad financiera a los emprendedores con un proyecto empresarial fallido. ¿Qué medidas? Medidas como la eliminación del período de cinco años que tiene el acreedor para reclamar las deudas exoneradas a aquellos autónomos que actuaron de buena fe o la flexibilización de las negociaciones de deuda en acuerdos extrajudiciales o de los requisitos para que el insolvente cancele sus deudas con la dación en pago de su vivienda. De todas formas, aún es pronto para determinar si finalmente se aprobará la reforma de la Ley de Segundas Oportunidades que recoge el acuerdo entre PP y Ciudadanos y que está prevista en la próxima reforma del RETA. De cumplirse finalmente lo propuesto en el citado acuerdo en 2017
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